El Consejo de Participación Ciudadana designará al superintendente de Comunicación la próxima semana

  • octubre 4,2013

El pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) rechazó este jueves las cuatro impugnaciones en contra de Carlos Ochoa, quien encabeza la terna enviada por el Ejecutivo para la designación del nuevo Superintendente de la Información y Comunicación.

El rechazo de las impugnaciones acorta los plazos para la designación del Superintendente, prevista en inicio para el 23 de octubre. La designación del Superintendente se realizará la próxima semana, dijo a Andes una fuente del CPCCS.

Las objeciones presentadas por Dalo Bucaram Pulley (PRE), Lourdes Tibán (Pachakutik), Néstor Marroquín y Andrés Páez, fueron rechazadas con 5 votos a favor y 2 en contra, informó diario El Telégrafo.

En el caso de la primera, la decisión se tomó supuestamente porque el impugnante no habría cumplido con todos los requisitos de ley.

Bucaram Pulley había afirmado que Ochoa mintió al señalar que tenía 10 años de ejercicio periodístico, como se exige en los requisitos en el proceso de selección. Esta denuncia fue rechazada por el mismo Ochoa, quien aseguró tener más de 30 años de experiencia en los medios de comunicación.

En el caso de la impugnación de Tibán, quien propuso su archivo fue el consejero Luis Pachala, por no tener "suficiente motivación".

De su lado, Néstor Marroquín, en su impugnación, afirma que Ochoa autorizó -en su calidad de Director Nacional de Noticias de GamaTV- que se difundiera un reportaje titulado "VENTA_BASE DATOS 10-08-2012.wmv", en donde se mencionó su nombre sin haberle solicitado autorización para utilizar su imagen, voz y datos personales.

Ochoa participa en el proceso dentro de una terna enviada por el presidente Rafael Correa, junto a María Elena Aguirre y Willman Sánchez.

Según el artículo 55 de la Ley de Comunicación de Ecuador, la Superintendencia de la Información y Comunicación es el organismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control, con capacidad sancionatoria, de administración desconcentrada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, presupuestaria y organizativa; que cuenta con amplias atribuciones para hacer cumplir la normativa de regulación de la información y comunicación.

La Superintendencia tendrá en su estructura intendencias, unidades, divisiones técnicas y órganos asesores que se establezcan en la normativa que para el efecto emita.

Las resoluciones que emita la Superintendencia en el ámbito de su competencia son de obligatorio cumplimiento.

Tomado de http://www.andes.info.ec